SI ADQUIRISTE UN COCHE ENTRE 2006 Y 2013 PUEDES ESTAR AFECTADO POR EL CÁRTEL DE COCHE
En 2021 el Tribunal Supremo ha ratificado las resoluciones de la Audiencia Nacional y de la Comisión Nacional que condenaban a veintitrés empresas de vehículos por realizar intercambios de información de precios que infringían las leyes de la libre competencia, ello es conocido como “el cártel de coches”.
La comisión Nacional de la Competencia había declarado en 2015 que se trataba de una infracción administrativa grave e impuso a las marcas y concesionarios a abonar en concepto de sanción las siguientes multas:
1.- AUTOMÓVILES CITROËN ESPAÑA, S.A.: 14.768.975 €.
2.- B&M AUTOMÓVILES ESPAÑA, S.A.: 776.012 €.
3.- BMW IBÉRICA, S.A.U.: 8.031.780 €.
4.- CHEVROLET ESPAÑA, S.A.U.: 138.580 €.
5.- CHRYSLER ESPAÑA, S.L.: 265,50 €.
6.- FIAT GROUP AUTOMOBILES SPAIN, S.A.: 6.968.254 €.
7.- FORD ESPAÑA, S.L.: 20.234.832 €.
8.- GENERAL MOTORS ESPAÑA, S.L.U.: 22.827.759 €.
9.- HONDA MOTOR EUROPE LIMITED, SUCURSAL EN ESPAÑA, S.L.: 609.325 €.
10.- HYUNDAI MOTOR ESPAÑA, S.L.U.: 4.415.116 €.
11.- KIA MOTORS IBERIA, S.L.: 2.074.220 €
12.- MAZDA AUTOMÓVILES ESPAÑA, S.A.: 656.390 €.
13.- MERCEDES BENZ ESPAÑA, S.A.: 2.379.330 €.
14.- NISSAN IBERIA, S.A.: 3.157.671 €
15.- PEUGEOT ESPAÑA, S.A.: 15.722.642 €.
16.- PORSCHE IBÉRICA, S.A.: 245.200 €.
17.- RENAULT ESPAÑA COMERCIAL, S.A.: 18.203.422 €.
18.- SEAT, S.A.: 12.674.948 €.
19.- SNAP-ON BUSINESS SOLUTIONS, S.L.: 52.785 €.
20.- TOYOTA ESPAÑA, S.L.: 8.657.013 €.
21.- URBAN SCIENCE ESPAÑA, S.L.U.: 70.039 €.
22.- VOLKSWAGEN AUDI ESPAÑA, S.A.: 26.523.000 €.
23.- VOLVO CAR ESPAÑA, S.A.: 1.706.083 €.
El conocido como “cártel de coches” tuvo lugar en España entre 2006 y 2013 y afectó a más de veintiuna empresas fabricantes y distribuidoras de marcas de automóviles en España, consistiendo en que entre ellas se informaban de los precios de los vehículos para limitar los descuentos y sacar el máximo beneficio por la venta de vehículos.
El Tribunal Supremo en 2021 ha desestimado los recursos interpuestos por las marcas confirmando la comisión por las empresas de vehículos de estas prácticas prohibidas. Aunque hablamos de un tema de rabiosa actualidad, son muchos los usuarios que adquirieron un vehículo en esas fechas y han sido estafados sin llegar a imaginárselo.
Todos los usuarios que compraron un coche nuevo en esos años, a esas marcas, tienen derecho a una indemnización calculada sobre el valor que hubiese tenido el coche de no producirse tal intercambio de información.
Tratándose de un tema tan relevante son muchos usuarios que no terminan de dar el paso para reclamar lo que es suyo pensando que se trata de un proceso complejo y duradero; nada más lejos de la realidad, para poder reclamar es tan sencillo como demostrar que compró un coche a estrenar en un concesionario entre febrero de 2006 y agosto del 2013.
Si eres uno de los afectados por el cártel de coches, es necesario actuar con celeridad ya que como cualquier otro proceso judicial dispone de un plazo, en este caso 5 años para poder reclamar su dinero, que oscilará entre el 10% – 15% del valor total de adquisición del vehículo. Si estás interesado en reclamar puedes contactar con nosotros y te proporcionaremos un presupuesto sin compromiso.
En conclusión, lo más importante es saber identificar que derechos tenemos como ciudadanos y cuando estamos en presencia de una infracción (en este caso grave) denunciarlo y defender nuestros intereses. La CNMC ha habilitado un Buzón de Colaboración donde cualquier ciudadano o empresa puede facilitar información a la autoridad de competencia sobre este tipo de conductas para denunciarlas, https://sede.cnmc.gob.es/tramites/competencia/denuncia-de-conducta-prohibida pero para reclamar que te devuelvan lo que se pagó de más debes interponer demanda judicial y desde nuestros servicios jurídicos podemos ayudarte.
2 Comentarios
Isidro Martinez Saez
17 febrero, 2022 at 11:16
Buenos Días,
Mi nombre es Isidro, vecino de Villena. En mi caso particular compré un vehículo Nissan en marzo de 2006, dispongo de facturas, documentación y todo lo necesario para la reclamación, pero desde la OCU, me han comentado que nissan no empezó a formar parte del cartel hasta 2008 y con lo cual no podría reclamar. En otras plataformas; sin embargo, me indican que reclame de todos modos, que lo de las fechas no está muy claro.
Podrían facilitarme más información e indicarme si podría reclamar con ustedes, En caso de ser así podrían detallarme el asunto de honorarios y lo que me costaría. Algunas plataformas aseguran que si ellos no ganan/cobran no cobran nada al consumidor, ¿sería este el caso?
Un Saludo,
Isidro Martínez.
Celia
17 febrero, 2022 at 17:04
Hola Isidro, aunque ya lo hemos comentado por teléfono te respondo por aquí por si le puede servir a alguien la respuesta. En tu caso sería arriesgado reclamar frente a Nissan porque en marzo de 2006 no está acreditado que estuvieran en el cartel. Por lo que en este caso no te aconsejamos reclamar, preferimos presentar demanda cuando hay más garantías de éxito.
Pero para cualquier otra actuación estamos a tu disposición.